FORMACIÓN PREVENTIVA DE LOS EMPLEADOS DE HOGAR
En el BOE del 15-05-26 se ha publicado la resolución de 8-5-26 de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal por la que se establece el proceso de autoevaluación y certificación de la formación en materia preventiva realizada por las personas trabajadoras en el ámbito de la relación laboral de carácter especial del servicio de hogar familiar.
En virtud de dicha normativa y con efectos desde el 16-5-2026, se establece el sistema de formación en prevención de riesgos laborales para los trabajadores del servicio del hogar familiar.
Esta formación preventiva es única, aunque se trabaje para varios empleadores y debe:
– recibirse en el momento de la contratación;
– centrarse en los riesgos propios de las tareas domésticas.
Cubre siete áreas de actividad identificadas a partir del mapa de riesgos elaborado por el INSST. Las cinco de mayor relevancia son: limpieza, preparación y servicio de comidas, conducción de vehículos, cuidado de personas y trabajo nocturno o en régimen interno; a las que se añaden el trato con mascotas y los trabajos de jardinería.
En el caso de que existan riesgos excepcionales en alguno de los domicilios donde se prestan servicios, el empleador debe proporcionar también, a su cargo, una formación complementaria que queda fuera del ámbito de esta resolución (RD 893/2024 art.5.3).
La formación se imparte a través de la plataforma eFundae de forma online. Dicha plataforma incorpora controles periódicos de seguimiento que permiten evaluar el aprendizaje de cada participante mediante un proceso de autoevaluación integrado.
Finalizada la formación, cada participante puede obtener dos tipos de acreditación según su desempeño:
- a) Quienes completen, al menos, el 75% de los controles de seguimiento, reciben un certificado de participación.
- b) Si, además, superan positivamente el 75% de la evaluación, pueden obtener un diploma de aprovechamiento.
