Bonificación de la Seguridad Social del 100% para entrenadores y monitores
La Seguridad Social ha publicado el Boletin Noticias Red 4/2025 que informa sobre los requisitos para la aplicación de bonificaciones a entidades deportivas no profesionales sin ánimo de lucro que contraten entrenadores o monitores dedicados a la formación, preparación o entrenamiento de personas menores de 18 años (L 7/2024 disp.adic.2).
Pueden beneficiarse de la bonificación los clubes o entidades deportivas con personalidad jurídica propia que, teniendo naturaleza asociativa o fundacional (letra G en su NIF), estén inscritos en el correspondiente Registro de Entidades Deportivas.
También pueden acceder a estas bonificaciones entidades o centros deportivos sin ánimo de lucro de naturaleza privada, como cooperativas (con letra F en su NIF), instituciones religiosas (con letra R en su NIF), o colegios concertados.
La bonificación se aplica no solo a las contrataciones efectuadas a partir del 22-12-2024, fecha de entrada en vigor de la L 7/2024, sino también a las anteriores, en cuyo caso se devenga desde el 22-12-2024.
