NUEVAS OBLIGACIONES DE INFORMACIÓN SOBRE LAS CONDICIONES LABORALES

El Real Decreto 723/2026, de 9 de septiembre, introduce nuevas obligaciones para las empresas en materia de información sobre las condiciones laborales. La norma, publicada en el BOE el 15 de septiembre, entrará en vigor el 5 de octubre de 2026 y sustituirá al Real Decreto 1659/1998.

El objetivo es reforzar la transparencia y previsibilidad de las relaciones laborales, garantizando que las personas trabajadoras conozcan desde el inicio de la relación las principales condiciones de su empleo.

¿Qué información deberá facilitar la empresa?

Entre las principales novedades se encuentran:

  • Duración del contrato, incluyendo la fecha de finalización o duración previsible en los contratos temporales.
  • Lugar de trabajo y teletrabajo, cuando corresponda.
  • Salario desglosado, especificando salario base, complementos, periodicidad y forma de pago.
  • Jornada, horarios y horas extraordinarias, incluyendo trabajo nocturno o a turnos, distribución irregular, vacaciones y preavisos.
  • Periodo de prueba y formación.
  • Sistemas algorítmicos o automatizados utilizados para determinar o modificar condiciones de trabajo, como jornada, tareas, salario, progresión profesional o extinción del contrato.
  • Información sobre igualdad, conciliación y prevención del acoso, así como sobre las medidas destinadas a garantizar la igualdad de las personas LGTBI cuando existan.
  • Procedimientos de extinción del contrato y mayor información sobre el convenio colectivo aplicable.
  • Información relativa a determinados aspectos de la Seguridad Social, incluyendo entidades gestoras o colaboradoras y, cuando corresponda, mejoras voluntarias y planes de pensiones.

¿Qué ocurre con las personas que ya están trabajando?

La nueva regulación también contempla las relaciones laborales que ya estén vigentes cuando entre en vigor el Real Decreto.

La persona trabajadora podrá solicitar a la empresa la información prevista en la nueva normativa cuando no disponga de ella. En ese caso, la empresa tendrá 30 días hábiles desde la recepción de la solicitud para facilitarla. Asimismo, las modificaciones de las condiciones laborales deberán comunicarse por escrito, con carácter general, antes o como máximo el día en que produzcan efectos.

¿Qué deben hacer las empresas?

La entrada en vigor del RD 723/2026 el próximo 5 de octubre hace recomendable revisar los modelos de contrato y los documentos de información laboral utilizados actualmente, para comprobar que contienen todos los datos exigidos por la nueva regulación.

Desde Molina Advocats recomendamos a las empresas revisar y adaptar sus modelos de contratación y procedimientos internos antes de la entrada en vigor de la norma.