Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero, restablece la revalorización de las pensiones
El Gobierno ha aprobado el Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero que vuelve a fijar las reglas de revalorización de las pensiones y de cotización a la Seguridad Social para el año 2026, tras la derogación del anterior RD-ley 16/2025 por falta de convalidación parlamentaria.
Revalorización de pensiones en 2026
Desde el 1 de enero de 2026, las pensiones contributivas de la Seguridad Social y de Clases Pasivas se revalorizan con carácter general un 2,7 %, conforme a la evolución media del IPC de los doce meses anteriores a diciembre de 2025.
El límite máximo de pensión pública queda fijado en 3.359,60 euros mensuales, lo que supone un máximo anual de 47.034,40 euros.
Entre las principales cuantías destacan:
- Pensiones no contributivas de jubilación e incapacidad: 8.803,20 euros anuales.
- Pensiones SOVI: hasta 8.394,40 euros anuales.
- Complemento para la reducción de la brecha de género: 36,90 euros mensuales.
- Subsidio de movilidad: 1.029,60 euros anuales.
- Prestaciones familiares y ayudas por hijo a cargo actualizadas conforme a los nuevos límites de ingresos.
Nuevas reglas de cotización para 2026
El RD-ley también actualiza los topes de cotización, fijando la base máxima en 5.101,20 euros mensuales. Las bases mínimas se incrementan conforme al salario mínimo interprofesional.
Se mantiene el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) en el 0,90 %, distribuido entre empresa (0,75 %) y trabajador (0,15 %).
Asimismo, se consolida la cotización adicional de solidaridad para salarios elevados, con tipos progresivos que alcanzan hasta el 1,46 % para las retribuciones superiores a 7.651,80 euros mensuales.
Nueva cotización para bomberos forestales y agentes forestales
Una de las principales novedades es la incorporación de una cotización adicional específica del 10,60 % para bomberos forestales y agentes forestales y medioambientales, destinada a reforzar su protección social.
Cambios relevantes en la Ley General de la Seguridad Social
La norma introduce importantes modificaciones en la LGSS, entre las que destacan:
- Eliminación de la obligación de presentar la declaración del IRPF como requisito para mantener la prestación por desempleo.
- Aprobación de una nueva tarifa de primas por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
- Prórroga de la compatibilidad entre jubilación y trabajo para médicos de atención primaria y pediatras del Sistema Nacional de Salud hasta el 31 de diciembre de 2026.
- Nueva obligación de comunicar el CNAE-2025, con consecuencias directas en los tipos de cotización si no se actualiza correctamente.
Entrada en vigor
El RD-ley 3/2026 entra en vigor el 4 de febrero de 2026, con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2026, salvo:
- La cotización adicional de bomberos y agentes forestales (25 de diciembre de 2025).
- Las modificaciones sobre compatibilidad de jubilación (29 de diciembre de 2025).
De esta forma se restablece la seguridad jurídica tras la derogación del anterior decreto y consolida un marco estable de revalorización de pensiones y cotización, con especial impacto en pensionistas, empresas y colectivos profesionales específicos. Su convalidación parlamentaria será clave para consolidar definitivamente estas medidas.
