SALARIO MINIMO INTERPROFESIONAL VIGENTE TRAS DEROGACIÓN RDL 9/2024
SMI VIGENTE TRAS DEROGACIÓN RDL 9/2024
La derogación del RDL 9/2024 acaecida el 22/01/25 en el Congreso de los Diputados, tras su no convalidación parlamentaria, ha provocado dudas sobre la prórroga y vigencia del Salario Mínimo Interprofesional 2024.
La Dirección General de Trabajo ha emitido en fecha 23-01-25 un Criterio interpretativo sobre las consecuencias de la derogación de la vigencia del SMI para 2024 atendiendo a su «función de «interpretación y aplicación de las disposiciones jurídicas de su competencia«, y apelando a lo dispuesto en el art. 27 del Estatuto de los Trabajadores, a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y a los mandatos de la Carta Social Europea y de las previsiones de la Directiva 2022/2024 del Parlamento Europeo y del Consejo hasta que se fije un nuevo valor para el SMI 2025, la Dirección General del Trabajo determina a través de su instrucción que:
- La desaparición de la prórroga del SMI no afecta a los salarios vigentes, por entender que se trata de un salario ya contractualizado.
- Las nuevas contrataciones no deben tomar como referencia un salario mínimo inferior al fijado en el SMI 2024
- La Inspección de Trabajo y Seguridad Social vigilará que las personas trabajadoras reciban puntualmente la remuneración pactada y verificará el cumplimiento estricto de esta obligación empresarial.
