La Audiencia Nacional aclara el permiso por hospitalización de familiares
La AUDENCIA NACIONAL establece que No es requisito indispensable para acceder al permiso retribuido acreditar la convivencia con el familiar
La Audiencia Nacional, en su sentencia de 31 de enero de 2025 (EDJ 503510), ha determinado que no es necesario acreditar la convivencia con el familiar hospitalizado para disfrutar del permiso retribuido por hospitalización.
El fallo responde a una controversia recurrente en el ámbito laboral, donde algunas empresas exigían a los trabajadores demostrar que residían en el mismo domicilio que el familiar ingresado para concederles el permiso. Sin embargo, la AN ha considerado que esta exigencia carece de base legal y que el derecho al permiso se fundamenta en el vínculo familiar y no en la convivencia.
Según la resolución, la hospitalización de un familiar genera una necesidad de asistencia y acompañamiento que no debe verse condicionada por la convivencia previa. La Audiencia Nacional enfatiza que el objetivo de este permiso es garantizar que los trabajadores puedan atender a sus familiares en momentos críticos sin perjuicio de su salario.
Este pronunciamiento refuerza la protección de los derechos laborales y sienta un precedente para futuras disputas sobre la concesión de permisos por hospitalización de familiares.
